Alerta PROFECO que no se debe pagar colegiatura si no hay clases

El prestador sólo podrá exigir el pago cuando haya proporcionado los servicios a los que se comprometió, así fueran suspendidos por causa de fuerza mayor, como un sismo, indicó el organismo.

Redacción

Ciudad de México.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) indicó que los contratantes de servicios educativos privados no están obligados a pagar la colegiatura si no están recibiendo el servicio.

La dependencia federal indicó que conforme a un análisis jurídico, el prestador únicamente podrá exigir el pago cuando haya cumplido la obligación de proporcionar los servicios a los que se comprometió.

Explicó que es aplicable incluso cuando el impedimento para cumplir con la prestación del servicio sea por una causa de fuerza mayor, es decir, ajena a la propia voluntad del proveedor.

“El prestador de servicios únicamente podrá exigir el pago cuando haya cumplido la obligación de proporcionar los servicios a los que se comprometió y en caso de que no se hayan brindado, el consumidor no tendrá la obligación de efectuar dicho pago”, indicó.

Agregó que este análisis se basa en diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y a lo dispuesto en el “Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de servicios educativos que prestan los particulares”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de marzo de 1992, aplicable a educación básica y media superior.

La dependencia federal señaló que recibirá todas las quejas por cobros de colegiaturas y otros servicios educativos correspondientes al periodo en que no han tenido actividades aquellas escuelas y colegios particulares que no han podido retomar sus actividades como consecuencia del sismo del pasado 19 de septiembre.

El Procurador Federal del Consumidor, Rogelio Cerda Pérez, instruyó al personal de delegaciones y oficinas centrales de la institución a recibir y atender todas las reclamaciones de consumidores que se han visto afectados por cobros indebidos en escuelas y colegios particulares que no han dado servicios por afectación o valoración de sus instalaciones.

El titular de Profeco advirtió que se aplicará la ley en aquellos casos en los que se detecten abusos en contra de los padres de familia y llamó a los proveedores de servicios educativos a conducirse con apego a la legalidad y solidaridad.

Fuente: Milenio